
Criterio en duda: Rabat rechazó nueve rebajas de condena a pederastas y tribunales ratificaron seis causas
En medio de la polémica por las rebajas de condena que otorgó el Ministerio de Justicia, un nuevo antecedente pone en duda la justificación del titular de la cartera, Fernando Rabat, respecto al criterio aplicado para entregar estos beneficios.
Y es que el secretario de Estado ha escudado la decisión de otorgar las rebajas de pena bajo la premisa de aplicar la jurisprudencia de los tribunales de justicia.
Así lo expuso ante la Cámara de Diputados durante una sesión especial realizada el 29 de octubre. En la ocasión, Rabat aseguró que cuando asumió como titular de la cartera, inicialmente rechazó “las primeras solicitudes de rebaja de condena” presentadas por agresores sexuales de menores, aunque posteriormente debió cambiar su posición luego de “un primer recurso de amparo, en donde el máximo tribunal del país me reprocha haber privado de libertad ilegalmente a un ciudadano”.
De esta forma, Rabat optó por cambiar el criterio empleado por las administración de Sebastián Piñera y Gabriel Boric frente a las solicitudes en este tipo de casos, y otorgar directamente los decretos de rebaja de condena sin defender su rechazo en tribunales.
Rechazo a nueve casos
En dicho contexto, el medio de investigación Ciper reveló nueve recursos de amparo presentados por condenados por agresión sexual a menores, cuyas rebajas de sentencia fueron rechazados por Rabat.
Los documentos fueron emitidos entre el 13 de marzo y el 11 de mayo de este año, y en seis de estas causas, la justicia falló a favor del Ministerio de Justicia rechazando la liberación anticipada.
Cinco de estas resoluciones fueron emitidas por la Corte Suprema, y otra quedó firme en la Corte de Apelaciones de Valparaíso. Por otra parte, en otros tres casos el máximo tribunal optó por revertir la decisión del ministerio y aprobó el beneficio.
El último fallo favorable fue resuelto el 15 de junio por la Suprema, un día antes que el Ministerio de Justicia emitiera el primer decreto aplicando la nueva “doctrina de Rabat”.
Dicha consigna se basa en que no se puede aplicar de manera retroactiva la reforma que en 2022 prohibió que este tipo de condenados acceda a una rebaja de pena, junto con la obligatoriedad legal que establecía el procedimiento al Ministerio de Justicia.
El citado medio también dio cuenta que, desde la promulgación de la nueva ley en 2022, la Corte Suprema emitió 126 fallos en respuesta a los recursos de amparo, dándole la razón a los reclusos en 111 casos y rechazando en solo 15 casos. Sin embargo, los dictámenes que se inclinan por rechazarlas comenzaron a ser constantes a partir de abril de 2026 tras un cambio en los integrantes que componen la Segunda Sala, encargada de estas causas.
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